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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 21121III
Fecha: 2005-10-27
Carátula: KRAWCZYK Sofía c/HALAN Esteban S/ Alimentos
Descripción: INICIA EJECUCION
//neral Roca, 27 de OCTUBRE de 2005._
Téngase por iniciada la ejecución de alimentos en contra del demandado ESTEBAN HALAN, a cuyo fin líbrese oficio al Programa de Propiedad Participada de YPF, -Dirección General de Asuntos Jurídicos- (fs. 139) a fin de que trabe embargo sobre el 25 % de las sumas a percibir por el demandado en concepto de acciones propiedad participada hasta cubrir los importes de $ 15.997,44.- en concepto de capital -planilla aprobada a fs. 156- con más la de $ 4.800.- calculados para intereses y costas. Dichas sumas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el banco Patagonia SA.
Cítese de venta al demandado por el término de siete días. Notifiquese a cuyo fin líbrese cédula a CATRIEL.
Al punto 4, no surgiendo según constancias de fs. 139 que se halla trabado embargo aclare y se proveerá.
Sin perjuicio de ello líbrese oficio al Banco Patagonia SA a los fines peticionados en el punto 5-a.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro