Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39399

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-11

Carátula: GONZALEZ José S/ Sucesión

Descripción: Declaratoria//Providencia

//neral Roca, 11 de septiembre de 2009.-

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos "GONZALEZ José S/ Sucesión" (Expte. Nro. 39399).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente juicio sucesorio por el fallecimiento de José González Lopez, ocurrido el 02 de Marzo de 2009 en General Roca (Provincia de Rio Negro), cert. fs. 2.-

El causante era de estado civil casado con María Carmen Fernández por acto celebrado el 20 de Mayo de 1954 en Allen (RN), partida de fs. 13.-

De dicha unión nacieron:

RUBEN OMAR, el 13 de Febrero de 1955 en Ingeniero Huergo, pcia. de Río Negro, cert. fs. 22.-

MABEL AMELIA, el 31 de Octubre de 1956 en Ingeniero Huergo, pcia. de Río Negro, cert. fs. 4.-

RAFAEL HECTOR EDUARDO, el 18 de Abril de 1967 en General Roca, pcia. de Río Negro, cert. fs. 23.-

A fs. 9 se declara la apertura del juicio sucesorio y competente el Tribunal para entender en el mismo.-

A fs. 15/16 aclaran los presentantes y así surge de toda la documental acompañada, que el apellido correcto del causante es GONZALEZ y no Gonzalez Lopez como se consignara en el acta de defunción.-

A fs. 43 Y 39 obran oficios al Registro de Juicios Universales y al Registro de Testamentos de los que surge que a nombre del causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 28/31 y 32/36 obran constancias con las que se acredita la correspondiente publicación edictual y sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los mencionados precedentemente.-

Por lo expuesto y las disposiciones de los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de José Gonzalez le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos RUBEN OMAR, MABEL AMELIA y RAFAEL HECTOR EDUARDO, todos de apellidos GONZALEZ y FERNANDEZ, sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden al cónyuge supérstite MARIA CARMEN FERNANDEZ sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere . Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 11 de setiembre de 2009.-

Proveyendo el escrito de fs. 48, por presentado con nuevo patrocinio letrado y del domicilio constituído, traslado. Not.-

Cúmplase con lo dispuesto por el art. 8 ley 2897.-

Téngase presente lo manifestado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro