Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39527

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-09

Carátula: MENDEZ LOPEZ Rosa Elvira c/GALLEGO Anibal Ramón y Otros S/ Ordinario

Descripción: a Rentas//acuerdo

General Roca, 09 de septiembre de 2009.-

Agréguese el poder acompañado y téngase a Aníbal Ramón Gallego por presentado en el carácter invocado.-

Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo arribado por las partes. Not.-

Téngase presente y agréguense los recibos de pagos acompañados.-

Téngase presente los honorarios pactadosrespecto de la Dra. Graciela Tempone y Hernán Mones.-

Regulo por su actuación los honorarios profesionales de Walter Javier Diez en la suma de $ 7.100.- (M.B. $ 71.000).

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Manifieste el actor que actitud asumirá respecto de Empresa Vilu S.R.L. notificada a fs. 402.-

A fin de determinar el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación, pasen los presentes vista a Rentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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