Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0887/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-08

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO

Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION

PODER JUDICIAL

RIO NEGRO

Viedma, septiembre de 2.009.-

OFICIO Nº _____/09

Al Señor Presidente

de la Cámara de Apelaciones en lo Civil

Dr. Juan Pablo Videla

SU DESPACHO.-

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0887/2007), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 interinamente a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 470 del C.Pr., el perito contador Sergio Osvaldo Dayan ha sido removido del cargo, ello debido a que el mismo se ha excusado del cargo para el que fuera designado en las presentes actuaciones.-

Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-

Dios guarde a Ud.-

Rosana Calvetti

Juez

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