include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0887/2007
Fecha: 2009-09-08
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO
Descripción: OFICIO CAMARA REMOCION
PODER JUDICIAL
RIO NEGRO
Viedma, septiembre de 2.009.-
OFICIO Nº _____/09
Al Señor Presidente
de la Cámara de Apelaciones en lo Civil
Dr. Juan Pablo Videla
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO (S.A.E.R.S.A.) S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0887/2007), que tramitan ante el Juzgado Civil Nº 3 interinamente a mi cargo, Secretaría Unica, a efectos de comunicarle, que conforme lo dispuesto en el art. 470 del C.Pr., el perito contador Sergio Osvaldo Dayan ha sido removido del cargo, ello debido a que el mismo se ha excusado del cargo para el que fuera designado en las presentes actuaciones.-
Se adjuntan fotocopias certificadas de las piezas pertinentes.-
Dios guarde a Ud.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro