Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37929

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-08

Carátula: BENITO Hector Abel y otros c/AZCONA Alejandro S/ Sumario

Descripción: clau. período probatorio.- Vta Despacho Mod.Carátula.-

//neral Roca, 08 de Setiembre de 2009.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra Juez:

CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiéndose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por las partes (actores, demandado y citada en garantía).-

SECRETARIA, 08 DE SETIEMBRE DE 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 08 de Setiembre de 2009.-

Atento la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal, el presente trámite continuará regiendo bajo las normas del PROCESO ORDINARIO.-

Modifícase la carátula de autos.-Cúmplase por Secretaria.-

Clausúrase el período probatorio.-NOT.-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las presentes aleguen por su orden.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En la fecha se modificó la carátula de autos.-CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

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Poder Judicial de Río Negro