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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0740/2007
Fecha: 2009-09-04
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ MEZI DULIO IVAN S/ EJECUTIVO
Descripción: AVOCAMIENTO-APERCIB. ART. 399
EXPTE. Nº : 0740/2007.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ MEZI DULIO IVAN S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, septiembre de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Agréguese. Atento lo peticionado y teniendo en cuenta las constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 399 del CPCC, en consecuencia póngase en conocimiento del Ministerio de Gobierno el incumplimiento incurrido por parte de la Policía de Río Negro con lo ordenado mediante oficio Nº 1291/08 y su reiteratorio Nº 1152/09, a los fines que estime corresponder. Ofíciese.-
Sin perjuicio de ello, líbrese nuevo oficio a Policía de Río Negro a los fines de que dé estricto cumplimiento con el embargo decretado en autos sobre los haberes del demandado.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro