Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38104

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-03

Carátula: TERK Ruben Daniel c/AGÜERO Walter S/ Ordinario

Descripción: Clausura-NOTA de embargo

//neral Roca, 03 de SEPTIEMBRE de 2009.=

Certifique la actuaria.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

CERTIFICO: que habiendo vencido el período probatorio, se encuentran producidas la totalidad de las pruebas ofrecidas por actor y demandado.

Secretaría, 03 de SEPTIEMBRE de 2009.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca,03 de SEPTIEMBRE de 2009.=

Atento la certificación que antecede y lo peticionado, clausúrase el período probatorio. NOT.

FECHO: pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 03 de SEPTIEMBRE de 2009.=

Por recibido, póngase nota de embargo como se pide.

FECHO, vuelva el presente a su Juzgado de origen, sirviendo ésta de atenta nota de remisión.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: de haberse dado cumplimiento. CONSTE.

NOTA DE EMBARGO: atento lo ordenado mediante oficio de fecha 25-08-09 en autos "LONGO ROBERTO OSCAR C/TERK RUBEN DANIEL y OTROS S/EJECUTIVO" (Expte. 253-J1-09), de trámite por ante el Juzgado Civil N° 1, procedo a poner nota de embargo sobre los importes que el Sr. RUBEN DANIEL TERK, DNI 20.123.344 tenga a percibir, hasta cubrir las sumas de $2.550.- en concepto de capital con más la de $1.800.- para intereses y costas. Los importes deberán ser transferidos y depositados en la cuenta de autos, en el Banco Patagonia SA, sucursal local.

Secretaría, 03 de SEPTIEMBRE de 2009.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro