include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0253/2009
Fecha: 2009-09-02
Carátula: FRINO MARIA INES Y OTRO C/ ZUBELDIA NESTOR ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONTESTA DEMANDA CITADA EN GARANTIA Y CODEMANDADO
EXPTE. Nº 0253/2009
CARATULA: FRINO MARIA INES Y OTRO C/ ZUBELDIA NESTOR ALFREDO Y OTROS S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, septiembre de 2.009.-
Proveyendo a fs. 53/54:
Agréguese.-
Proveyendo a fs. 55/79:
Por presentado, parte a tenor del poder acompañado y constituido el domicilio.-
Por contestada la citación en garantía en tiempo y forma. De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Proveyendo a fs. 80:
Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestada la demanda por el sr. Carlos Alberto Echegoyen.-
Tiénese presente la reserva formulada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro