Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37737

N° Receptoría:

Fecha: 2009-09-02

Carátula: ORTIZ Silvia c/ESTEBAN Alejandro y otra S/ Ordinario

Descripción: providencia

General Roca, 02 de setiembre de 2009.-

Proveyendo a fs. 620/623: No advirtiéndose en lo formal factores que incidan en la nulidad de la pericia articulada, a lo solicitado no ha lugar.-

Se indica que los puntos de pericia cuestionados por la parte demandada, son los que ha propuesto oportunamente la parte actora y que no pueden ser modificados a través de la impugnación.- Asimismo se hace saber que la evaluación de dicha pericia se hará al momento de dictarse sentencia.-

Proveyendo a fs. 624/628: Téngase presente el dictamen del consultor técnico para el momento de dictarse sentencia, y estese a lo proveido precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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