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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38867
Fecha: 2009-09-02
Carátula: CORDOBA Florentina S/ Sucesión (Ex 32138-J5-08)
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 02 de SEPTIEMBRE de 2009.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "CORDOBA FLORENTINA S/SUCESION" (Expte. Nro. 38.867-III-08).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Florentina Córdoba ocurrido el 10 de febrero de 2008 en General Roca (Río Negro), certificado a fs.2.
La causante se encontraba unida en matrimonio con Carlos Alonso, por acto celebrado el seis de marzo de 1952 en General Roca (RN), certificado a fs. 3. El nombrado, fallecido el 03 de octubre de 2001 en General Roca, certificado a fs.17 de los autos "ALONSO Carlos S/Sucesión" (Expte. 38.505-III-08) de trámite por ante éste Tribunal.
De dicha unión nació:
María Gloria: el 22 de agosto de 1953 en General Roca (RN), certificado a fs. 5 y fallecida el 26 de septiembre de 2007 en General Roca (Río Negro), certificación de fs. 41.-
Tramitan por ante éste Juzgado los autos "ALONSO Gloria S/Sucesión" (Expte. 38.819-III-08).
María Gloria Alonso se encontraba unida en matrimonio con Julio César Figueroa por acto celebrado el 16 de octubre de 1992 en General Roca (Río Negro), certificado a fs. 7 y de dicha unión nacieron:
Gisella Vanesa Figueroa: el 16 de junio de 1993 en Gral. Roca (RN), certificación de fs. 41.-
Carlos Modesto Sebastián Figueroa: el 28 de marzo de 1997 en General Roca (RN), certificación de fs. 41.-
A fs. 17 se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 27 y 52 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamentos con lo que se acredita que a nombre de la causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 43/5, 46 y 48 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3566 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de FLORENTINA CORDOBA, y por su madre pre-muerta María Gloria Alonso le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus nietos GISELLA VANESA y CARLOS MODESTO SEBASTIAN de apellido FIGUEROA y ALONSO.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro