Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0515/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-31

Carátula: VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: tp - aclare

EXPTE. Nº 0515/2006

CARATULA: VERA SALGADO RAUL ANDRES C/ MUÑOZ ROBERTO RAMON Y OTRO S/ ORDINARIO

Viedma, agosto de 2.009.-

Tiénese presente.-

Atento lo manifestado por la sra. Defensora de Menores y habiéndose realizado un nuevo análisis de la petición efectuada por la parte actora a fs. 297, se advierte de las constancias de la causa que la fijación de audiencia a los fines de la absolución de posiciones del demandado sr. Reggiani (fs. 194) ha sido ordenada en base al pedido efectuado por la parte actora a fs. 186 vta. (punto 6) y en el acta de fs. 192, por lo que corresponde revocar por contrario imperio lo dispuesto en la providencia de fs. 298.-

En consecuencia, hágase saber a la parte actora que deberá manifestarse en relación a dicha prueba.-

Rosana Calvetti

Juez

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