Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38354

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-31

Carátula: GAUNA Francisco Ubaldo S/ Sucesión

Descripción: Regulación

//neral Roca, 31 de agosto de 2009.-

Proveyendo el escrito de fs. 71, agréguese.-

Proveyendo el escrito de fs. 72, téngase presente la conformidad prestada y por oblados en los presentes el impuesto de justicia y sellado de actuaciones correspondientes.-

Proveyendo el escrito de fs. 75, al punto I, agréguese.-

Al punto II, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios de los Dres. ROBERTO JOISON en $150.- y MARIA LAURA JOISON en $ 150..- a cargo de los herederos (MB:$ 2.800.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, 24 y 43 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-

Para la regulación por la tercera etapa acompáñese previamente libres deudas de Rentas, Municipalidad y Aguas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro