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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37968
Fecha: 2009-08-31
Carátula: AFIP (DGI) en: NCC CONSTRUCCIONES S.R.L. s/conc. s/Verificac. Tardía S/ Reconstrucción
Descripción: se eleva Cámara de Apelaciones.-
//neral Roca, 31 de Agosto de 2009.-
En atención a lo peticionado y estado de autos, elévense los mismos a la Excma Cámara de Apelaciones con atenta nota de estilo.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De elevarse ene la fecha a la Excma Cámara de Apelaciones con asiento en esta ciudad los autos caratulados:AFIP (DGI) EN: NCC CONSTRUCCIONES S.R.L. S/CONC. S/VERIFICACION TARDIA S/RECONSTRUCCION Expte.No 37.968-JC III-Año 2007 (I y II Cuerpos) en virtud a los recursos concedidos en relación a fs. 208, fs. 217, fs.218 y fs.262 (arancelarios) contra la resolución dictada a fs., 202 y vta y honorarios regulados en la misma.- A fs. 211/216 obra memorial de la recurrente de fs.207 (incidentista) no habiendo contestado el traslado conferido a fs. 217 (por la reconstrucción) la concursada y Sindicatura, constando de 266 fojas útiles incluyendo la prfesente y sirviendo esta de muy atenta nota de elevación.-
SECRETARIA, 31 DE AGOSTO DE 2009.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro