include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38617
Fecha: 2009-08-28
Carátula: ASOCIACION VOLANTES Gral. Roca c/DOMINGUEZ Cayetano s/suc. S/ Usucapion (Ley 4142)
Descripción: clausura período probatorio.A Defensoria Dr. Gaya.-
//neral Roca, 28 de Agosto de 2009.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido habiéndose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-
SECRETARIA, 28 DE AGOSTO DE 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 28 de Agosto de 2009.-
Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-
Respecto del demandado, pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor Oficial Dr. GAYA.-
FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden (art.482 del CPC).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro