Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38617

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-28

Carátula: ASOCIACION VOLANTES Gral. Roca c/DOMINGUEZ Cayetano s/suc. S/ Usucapion (Ley 4142)

Descripción: clausura período probatorio.A Defensoria Dr. Gaya.-

//neral Roca, 28 de Agosto de 2009.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra. Juez:

CERTIFICO: Que el término de producción de prueba se encuentra vencido habiéndose realizado la totalidad de la oportunamente ofrecida por la parte actora.-

SECRETARIA, 28 DE AGOSTO DE 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 28 de Agosto de 2009.-

Atento la certificación que antecede, clausúrase el período probatorio.-NOT.-

Respecto del demandado, pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor Oficial Dr. GAYA.-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden (art.482 del CPC).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro