Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39625

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-26

Carátula: ZAMBRANO Pedro Sebastián c/VELAZQUEZ Santiago y otra S/ Ordinario

Descripción: Inicio

NOTA: De haberse iniciado el 20.08.2009 el elxpte. "ZAMBRANO PEDRO SEBATIÁN S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (39624).-

Secretaría, 26 de agosto de 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 26 de agosto de 2009.-s

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de veintisiete días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a San Carlos de Bariloche.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

En atención a lo manifestado, cítese en garantía en los térmirnos del art. 118 de la Ley 17418 a la Federación Patronal Seguros por el término de veintisiete días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula directa a La Plata.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro