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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38684
Fecha: 2009-08-26
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. c/ PARINELLI Juan Jose S/ Ejecutivo
Descripción: se apr.liq.A cheque.regulación x acrecidos.-
//neral Roca, 26 de Agosto de 2009.-
Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.85, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.84 por las sumas de $ 46,29 al 31/07/2009 (honorarios), $ 31,21 al 31/07/2009 (gastos) y 44,93 al 31/07/09 capital.-
Al punto II,agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese cheque a la orden de la Sra. CLAUDIA I. SESTAN DNI 18.099.903-CUIT 27-180999903-0 por la suma de $ 132,15 en concepto de: $ 44,93 saldo de liquidacion
aprobada precedentemente (capital), $ 46,29 saldo de liquidación (por honorarios) y $ 9,72 a IVA y $ 31,21 saldo de liquidación aprobada precedentemente (gastos) Cuenta No 301000041.-
Al punto 3, regulo los honorarios profesionales por acrecidos del Dr. Fernando E. Detllefs en la suma de $ 320 MB:$ 5.733,95 extracciones realizadas en autos.-arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-(arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
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Poder Judicial de Río Negro