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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36549
Fecha: 2009-08-26
Carátula: ALFARO Eliseo otra c/VALLE Luis y otro S/ Daños y Perjuicios
Descripción: se aprueba liquidacion.- regulacion x acrecidos.-
//neral Roca, 26 de Agosto de 2009.-
Al punto I, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.565, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.563 y por la suma de $ 93,46 al 29/07/2009.-
Al punto 2, previo a lo solicitado y atento la implementación de nueva normativa en el movimiento de cuentas judiciales, se deberá denunciar el DNI y CUIL ó CUIT del beneficiario del pago.-
Al punto 3, regulo los honorarios profesionales por acredidos del Dr. Sergio Santiago Espul en la suma de $ 250,00 MB: 7.337,49 (planilla de honorarios y aportes de Caja Forense practicada a fs.510.- (arts.6, bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la actuación profesiosnal, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro