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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35980
Fecha: 2005-05-30
Carátula: Dirección Gral. RENTAS C/ZAPATA Noemi S/ Ejecutivo
Descripción: por oblado los impuestos//ejec. honorarios
General Roca, 30 de mayo de 2.005.-
Téngase por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribución al Colegio de Abogados.-
Téngase presente lo manifestado y la reserva efectuada.-
Líbrese mandamiento de embargo, contra la ejecutada, por las sumas de $ 493 en concepto de capital (honorarios regulados en autos), con más la suma de $ 200 que se calculan para costas.-
Cítese de venta por el término de cinco días. Not.
Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas mencionadas, haciéndole saber a la empleadora que deberá descontarlas, en el porcentaje de ley y depositarlas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris S.A., Sucursal General Roca.-
Oportunamente notifíquese a la ejecutada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro