Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35980

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-30

Carátula: Dirección Gral. RENTAS C/ZAPATA Noemi S/ Ejecutivo

Descripción: por oblado los impuestos//ejec. honorarios

General Roca, 30 de mayo de 2.005.-

Téngase por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribución al Colegio de Abogados.-

Téngase presente lo manifestado y la reserva efectuada.-

Líbrese mandamiento de embargo, contra la ejecutada, por las sumas de $ 493 en concepto de capital (honorarios regulados en autos), con más la suma de $ 200 que se calculan para costas.-

Cítese de venta por el término de cinco días. Not.

Trábese embargo sobre el bien denunciado, por las sumas mencionadas, haciéndole saber a la empleadora que deberá descontarlas, en el porcentaje de ley y depositarlas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris S.A., Sucursal General Roca.-

Oportunamente notifíquese a la ejecutada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro