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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23880/09
Fecha: 2009-08-24
Carátula: COOPERATIVA DE TRABAJO DE INSTRUCTORES DE ESQUI DE SAN CARLOS DE BARILOCHE Y OTROS S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (ORDENANZA N° 1912-CM-09)
Descripción: excusacion Dr.Lutz- convocatoria Dr.Maturana-prueba anticipada
SEÑORES JUECES:
Habiendo receptado la presente causa a despacho y atento haber asumido mi hijo doctor Federico Lutz el cargo de Secretario de Economía en la Municipalidad de S.C. de Bariloche en fecha 18-03-09, por ello invocando las causales de excusación previstas en el art.30, última parte primer párrafo del CPCyC. me excuso de intervenir en las presentes actuaciones.-
PRESIDENCIA, 20 de agosto de 2.009.-
Fdo.:LUIS LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Expte. N* 23880/09-STJ-
///MA, 24 de agosto de 2.009.-
A los mismos fines de resolver la xcusación formulada precedentemente por el señor juez doctor Luis Lutz, convócase a integrar el Superior Tribunal de Justicia al señor juez de Cámara doctor Roberto H. Maturana (art.22 inc.a, ap.2 L.O.).-
Notifíquese en su despacho.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
En fecha de agosto de 2009 notifique al señor Juez doctor Roberto H. Maturana y firmo. Conste.-
///MA, 24 de agosto de 2009.-
Acorde lo peticionado y lo prescripto por el art.326 inc.2 del Cód.proc.Civ. y Com., acuérdase la producción de la prueba anticipada, a saber:
1º) Requiérase a la Municipalidad de S.C.de Bariloche para que informe en el término de cinco (5) días detalladamente cuáles son los servicios retribuidos que presta en las Zonas XIII y IV (Cerro Catedral), que motivan la demanda.-
Notifíquese por cédula.-
2º) A través del Juzgado de Paz de S.C.de Bariloche dispónese un reconocimiento judicial en el área base del Cerro Catedral a efectos de comprobar la efectiva prestación de los servicios municipales dentro del área, el mantenimiento de caminos, recolección de residuos y la organización de la prestación de los servicios que presta en las Zonas XIII y IV (Cerro Catedral).-
A sus efectos, ofíciese.-
Al pto.3, no ha lugar.-
Diligencias a cargo de la parte.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUBROGANTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro