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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0576/2008
Fecha: 2009-08-24
Carátula: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO
Descripción: ratificación de embargo
EXPTE. Nº 0576/2008
CARATULA: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.009.-
Atento lo peticionado y constancias de la causa, toda vez que el inmueble en cuestión se encuentra inscripto a favor de las sras. Verónica Casamiquela y Selva Casamiquela, quienes resultan ser las socias de la sociedad Gallur S.R.L. -demandada en autos- y que al momento de adquirir el dominio dejaron constancia que la compra la realizaban para la firma comercial Gallur S.R.L. -en formación-, líbrese nuevo oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines de ratificar el embargo decretado en autos. Tiénese presente la persona autorizada para intervenir en su diligenciamiento.-
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro