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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15273-164-09
Fecha: 2009-08-24
Carátula: CARCAMO IRENE / O.S.E.C.A.C. S/ COBRO DE PESOS
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15273-164-09
Tomo: 4
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 DE AGOSTO DE 2009.
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CARCAMO IRENE C/OSECAC S/COBRO DE PESOS -SUMARISIMO-”, expte. nro. 15273-164-09 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO: Que no han sido remitidas a la Cámara las declaraciones testimoniales en soporte DVD (fs. 132).
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) REQUERIR del Juzgado de origen la remisión del DVD conteniendo las declaraciones testimoniales mencionadas en la certificación de fs. 132; a cuyo fin: ofíciese. Confección y diligenciamiento del oficio a cargo de la parte recurrente.
- - -II) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportuno nuevo cómputo de plazos para fallar.
LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro