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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0768/2008
Fecha: 2009-08-21
Carátula: BLANCO TEODORA Y PAZ FRANCISCO S/ SUCESIONES
Descripción: DEBE ACREDITAR REPRESENTACIÓN CURADORA
EXPTE. N° 0768/2008
CARATULA: BLANCO TEODORA Y PAZ FRANCISCO S/ SUCESIONES
Viedma, agosto de 2009.-
Al escrito de fs. 108:
Agréguese y hágase saber que deberá acreditarse en forma el carácter de curadora, como así también la autorización de venta que fuera dispuesta en el trámite de incapacidad (conf. fs. 106), debiendo a tal fin ocurrir por ante el Juzgado correspondiente.-
Proveyendo a fs. 109:
Tiénese presente la conformidad expresada y la revocación del mandato efectuada.-
Proveyendo a fs. 112:
Agréguese.-
Tiénese presente la conformidad expresada por el sr. Alvaro Blas Paz.-
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Poder Judicial de Río Negro