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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0057/2009
Fecha: 2009-08-20
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: PJROV.VARIAS J (J)
EXPTE. Nº 0057/2009.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL.-
Viedma, agosto de 2.009.-
Atento lo peticionado, modifícase el importe del embargo dispuesto a fs. 37 que sobre los saldos acreedores que tenga o llegare a tener depositado la parte demandada LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES, en Bancos y demás entidades dependientes del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, hasta cubrir la suma de $ 2.800 que se presupuestan provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.-
De la solicitud de transferencia de fondos a la Caja Forense, córrase vista al representante de la misma, debiendo en su caso, denunciar el número de la cuenta.-
jc
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro