Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0057/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-20

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: PJROV.VARIAS J (J)

EXPTE. Nº 0057/2009.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S/ EJECUCION FISCAL.-

Viedma, agosto de 2.009.-

Atento lo peticionado, modifícase el importe del embargo dispuesto a fs. 37 que sobre los saldos acreedores que tenga o llegare a tener depositado la parte demandada LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES, en Bancos y demás entidades dependientes del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, hasta cubrir la suma de $ 2.800 que se presupuestan provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.-

De la solicitud de transferencia de fondos a la Caja Forense, córrase vista al representante de la misma, debiendo en su caso, denunciar el número de la cuenta.-

jc

Fermín Donate

Juez Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro