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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37741
Fecha: 2009-08-20
Carátula: COOP. CREDIALLEN Ltda. c/VARGAS Mirta YAkelin S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: A CHEQUE.- regulación por acrecidos.-
//neral Roca, 20 de Agosto de 2009.-
Téngase presente los dotos denunciados.-
Atento el estado de autos y lo peticionado a fs.42, al punto I:Líbrese cheque a la orden del Dr. SEBASTIAN ORLANDO REY DNI 22.846.987- CUIT 20-22846987-5 por la suma de $ 249,06 en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs,. 28 primer párrafo.-Cuenta No 220016157.-
Al punto II, téngase presente la caución personal ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-
Al punto III, atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales por la ejecución de sentencia del Dr. Sebastian Orlando Rey en la suma de $ ..120..MB:$ 1.295,35 (capital, impuestos y honorarios planilla de liquidación practicada a fs.24.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
En razón de que se ha regulado los honorarios sobre importe total actualizado ($ 1295,35 planilla de liquidación practicada a fs.24) a los complementarios solicitados no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
El /08/09 el Dr.Rey retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro