Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39606

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-18

Carátula: BUSIN Arnaldo c/VANACLOYG Rosana Maria Celeste y Otra S/ Ejecución de Alquileres

Descripción: Intimación

//neral Roca, 18 de agosto de 2009.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

INTIMESE a los ejecutados para que comparezcan personalmente a reconocer la firma del contrato original cuya copia obra a fs. 3/4 dentro de los CINCO días de notificados y en caso afirmativo exhiba al Tribunal el último recibo, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los Arts.525 y sgtes.del C.P.C.- Notifíquese, mediante cédulas a Villa Regina.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Al punto IV, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrese oficio al Juzgado Civil 9 a fin de que trabe embargo sobre los derechos y acciones que la demandada ALEJANDRA ELIZABETH TESAN posea sobre el inmueble NC 06-1-B-537-20 (Matrícula 06-3261) en autos "CARDELLI NESTOR c/TESAN NILO DANTE s/EJECUTIVO" (Expte. Nro. 26.099-JC9-01) por la sumas de $6.652,66 en concepto de capital con más la de $2.700.- que se presupuestan para costas.-

Líbrense oficios a la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad Automotor y a la Municipalidad de Villa Regina, a fin de que informen sobre lo requerido.-

A la demanda por "Desalojo", ocurra el presentante por vía separada.-

Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental de fs. 11/19. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro