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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0526/2008
Fecha: 2009-08-14
Carátula: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA)
Descripción: PROVEE PRUEBA -
EXPTE. Nº 0526/2008
AUTOS: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA)
Viedma, agosto de 2.009.-
Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 37, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA (CIOLINO)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 para que remita, si su estado lo permite, "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados "Malbos José, Ciolino Mario, Vazquez Sergio, Scifo Lucía, Calvete Raúl, Paz Nora, Gasparini Daniel c/ Banco Hipotecario S.A. S/ Ordinario" Expte. Nº 336/02/J1.-
PRUEBA DEMANDADA (BANCO HIPOTECARIO SA):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 para que remita, si su estado lo permite, "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados "Malbos José y otros c/ Banco Hipotecario S.A. S/ Ordinario" Expte. Nº 336/02/J1.-
PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 28 de agosto de 2.009 a las 10:30 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro