Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0526/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-14

Carátula: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA)

Descripción: PROVEE PRUEBA -

EXPTE. Nº 0526/2008

AUTOS: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA)

Viedma, agosto de 2.009.-

Atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 37, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (CIOLINO)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 para que remita, si su estado lo permite, "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados "Malbos José, Ciolino Mario, Vazquez Sergio, Scifo Lucía, Calvete Raúl, Paz Nora, Gasparini Daniel c/ Banco Hipotecario S.A. S/ Ordinario" Expte. Nº 336/02/J1.-

PRUEBA DEMANDADA (BANCO HIPOTECARIO SA):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 para que remita, si su estado lo permite, "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados "Malbos José y otros c/ Banco Hipotecario S.A. S/ Ordinario" Expte. Nº 336/02/J1.-

PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 28 de agosto de 2.009 a las 10:30 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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