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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29282III
Fecha: 2005-10-25
Carátula: COOP.CREDIALLEN Ltda. c/BUSTOS Juan Carlos S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 25 de Octubre de 2005.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese nuevo oficio a la empleadora a los fines de que deposite en autos el saldo restante de $ 311 (embargo trabado de fs. 58 $ 2541 (capital más costas) o explicite el motivo de la suspensión de las retenciones, en el término de cinco dias, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro