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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0258/2009
Fecha: 2009-08-12
Carátula: ARIAS OSCAR MANUEL C/ IGUACEL JORGE EDUARDO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: RECONVENCION-TRASLADO
EXPTE. Nº : 0258/2009.-
CARATULA: "ARIAS OSCAR MANUEL C/ IGUACEL JORGE EDUARDO Y OTRO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
VIEDMA, agosto de 2009.-
Habiéndose devuelto los autos principales, agréguese la media carátula formada.-
Proveyendo a fs. 70: Agréguese y tiénese por oblados los aportes y sellados de ley. En consecuencia, de la reconvención deducida a fs. 58/63 traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Proveyendo a fs. 72: Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas, tiénese presente lo manifestado.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro