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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 23923/09
Fecha: 2009-08-11
Carátula: SUPERCANAL S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Descripción: traslado demanda....
Expte.Nº 23923/09-STJ-
///MA, 11 de agosto de 2009.-
Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Por promovida acción de inconstitucionalidad de los arts.22 de la Ordenanza Nº 6245 de la Municipalidad de Viedma, en los términos del art. 793 y sgtes. del Cód. Proc. Civ. y Com..-
Córrase traslado al Poder Ejecutivo Municipal de la ciudad de Viedma, por el término de treinta (30) días, emplazándolos para que dentro de dicho término contesten y ofrezcan la prueba de la que intenten valerse.-
Notifíquese por cédula con entrega de copias de la demanda.-
A lo demás, oportunamente.-
A la medida cautelar solicitada: No ha lugar conforme doctrina legal del STJ. (Aut. Int. N* 69/08, in re: "ENTRETENI- MIENTOS PATAGONIA S/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD Res. N* 198/07 de la Municipalidad de EL BOLSON").
Fdo.:LUIS LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro