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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0122/2009
Fecha: 2009-08-11
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO
Descripción: no ha lugar cautelar - LLAM. AUTOS PARA SENTENCIA (DEFINITIVA)
EXPTE. Nº 0122/2009
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO
Viedma, agosto de 2.009.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta las características del proceso, en atención que el objeto y la causa se condice con la finalidad de la acción, a la medida cautelar solicitada a fs. 105 no ha lugar.-
De acuerdo a lo peticionado y atento el estado de los presentes obrados, llámese autos para sentencia.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro