Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0122/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-11

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO

Descripción: no ha lugar cautelar - LLAM. AUTOS PARA SENTENCIA (DEFINITIVA)

EXPTE. Nº 0122/2009

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LEDESMA CARLOS Y OTRO S/ DESALOJO

Viedma, agosto de 2.009.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta las características del proceso, en atención que el objeto y la causa se condice con la finalidad de la acción, a la medida cautelar solicitada a fs. 105 no ha lugar.-

De acuerdo a lo peticionado y atento el estado de los presentes obrados, llámese autos para sentencia.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro