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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38481
Fecha: 2009-08-11
Carátula: RODRIGUEZ Emilio Cirilo S/ Sucesión (390-XVI-08)
Descripción: providencia
General Roca, 11 de agosto de 2009.-
I, II, IV y V.- Agreguese y téngase presente.-
VI.- Previo a lo solicitado, deberá acompañarse conformidad de los restantes herederos.-
Corrase traslado a la AFIP, para que se exprese concretamente como acreedor inhibiente respecto del pedido de levantamiento de la inhibición.-
Habiéndose declarado herederos a fs. 170, a los Sres. Gloria Estela, Edith Monica, Elena Gladys y Edgardo Emilio de apellidos Rodriguez Gonzalez, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge superstite Gloria Gonzalez, y ampliada la declaratoria de herederos a fs. 235, por la heredera Elsa Susan Rodriguez, hija premuerta al causante, su nieto Cesar Edgardo de apellidos Falco y Rodriguez.-
Tambien es hijo de Elsa Susan Rodriguez, conforme surge de fs. 222 Carlos Ariel Falco, fs. 223 Eloy Cirilo Falco, fs. 224 Gloria Anahi Falco, por ello corresponde en mérito a lo dispuesto por el art. 699, citar a los presentes herederos por el término de TREINTA dias.- Notifíquese mediante cédula.-
Asimismo deberán presentar conformidad dichos herederos con lo solicitado.-
VISTA A CAJA FORENSE y RENTAS.-
Imprimase al presente caracter de PRONTO DESPACHO.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro