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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33132IV
Fecha: 2009-08-11
Carátula: JADHE Anacleto c/NEIRA Héctor S/ Ejecutivo
Descripción: NOTA
*0065765629*
Nota: se deja constancia que la providencia del día 07.11.06 del expte. JADHE Anacleto c/NEIRA Héctor S/ Ejecutivo (Exp. Nro. 33132IV), no salió en lista por lo que es incluída en la lista de despacho del día de la fecha.-
Secretarìa, 11 de agosto de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 7 de NOVIEMBRE de 2006.=
Atento las constancias de fs. 36 y 39, cúmplase con el art. 118, inc. 3º del CPC, previamente.
FECHO: Líbrese oficio a la Caja de Ahorro y Seguros empleadora a fin de que trabe embargo sobre los importes a percibir por el demandado en cualquier concepto -debiendo abstenerse en caso de haberes-, hasta cubrir las sumas de $ 87,93.- en concepto de capital con más la de $ 100.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro