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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0276/2004
Fecha: 2005-10-24
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARBISU JOSE LUIS Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: prov
EXPTE. N° 0276/2004
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARBISU JOSE LUIS Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, octubre de 2005.-
Atento el estado de autos, a lo peticionado no ha lugar (conf. art. 331 C.Pr.), debiendo en su caso ocurrir en la forma que corresponda.-
En su mérito, devuélvase la documental acompañada por extemporánea.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse desglosado documental consistente en copia certificada de la resolución n° 1582/05 para ser devuelta a su presentante. Conste.-
Secretaría, octubre de 2005.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro