Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0276/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-24

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARBISU JOSE LUIS Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: prov

EXPTE. N° 0276/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ GARBISU JOSE LUIS Y OTRA S/ ORDINARIO

Viedma, octubre de 2005.-

Atento el estado de autos, a lo peticionado no ha lugar (conf. art. 331 C.Pr.), debiendo en su caso ocurrir en la forma que corresponda.-

En su mérito, devuélvase la documental acompañada por extemporánea.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse desglosado documental consistente en copia certificada de la resolución n° 1582/05 para ser devuelta a su presentante. Conste.-

Secretaría, octubre de 2005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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