Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0091/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-10

Carátula: TELLERIA JUAN JOSE C/ MAZZEI PATRICIA MONICA S/ LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL

Descripción: por contestado - cumplir términos del acuerdo

EXPTE. Nº 0091/2006

CARATULA: TELLERIA JUAN JOSE C/ MAZZEI PATRICIA MONICA S/ LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL

Viedma, agosto de 2.009.-

Atento las razones expuestas y constancias de la causa, proveyendo el escrito de fs. 139:

Por contestado el traslado conferido a fs. 135.-

En su mérito, hágase saber a la parte actora que deberá acompañar el contrato en cuestión respetando los términos del acuerdo que fuera debidamente homologado a fs. 122. Notifíquese.-

Proveyendo a fs. 143:

No siendo parte en las actuaciones, a lo peticionado no ha lugar.-

En consecuencia, hágase saber que los fondos depositados se encuentran a su disposición.-

Rosana Calvetti

Juez

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