include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0124/2009
Fecha: 2009-08-07
Carátula: SPAMPINATO ALICIA JUANA C/ REDEL CLARIBEL AZUCENA S/ SUMARISIMO
Descripción: CONTESTA DEMANDA - CITA EN GARANTIA
EXPTE Nº 0124/2009
CARATULA: SPAMPINATO ALICIA JUANA C/ REDEL CLARIBEL AZUCENA S/ SUMARISIMO
Viedma, agosto de 2.009.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Atento la presentación efectuada, recaratúlense las presentes actuaciones en tal sentido, dejando debida constancia en los registros respectivos.-
Por contestada la demanda.-
Agréguese la documental acompañada y de la misma córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Atento lo peticionado, cítese en garantía a Liderar Compañía General de Seguros S.A., a la que se cita y emplaza para que dentro del plazo de quince (15) días la conteste, bajo el apercibimiento dispuesto en los arts. 59 y 356 del C.Pr., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 del C.Pr.). Notifíquese.-
Hágase saber que la presente notificación deberá realizarse dentro de los 15 días, bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la presente citación y que deberá acompañar un juego de copias para traslado de fs. 2/15 y 22/26.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro