Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35138

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-07

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/ORTIZ Estela M. y Otro S/ Ejecutivo

Descripción: Regulación x acrecidos

//neral Roca, 07 de agosto de 2009.-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Previo a lo solicitado, regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Luis Gustavo Arias en la suma de $ 12.600.- (M.B. $270.833.- -fs. 179 vta.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro