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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39364
Fecha: 2009-08-06
Carátula: GARCIA LOZANO Julia S/ Sucesión
Descripción: declaratoria
General Roca, 6 de agosto de 2009.-
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “GARCIA LOZANO Julia S/SUCESION” (EXPTE. N° 39364-III-09).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Julia García Lozano, ocurrido el día 20 de abril de 2006 en General Roca, Río Negro, lo que se acredita con la constancia de fs. 2.-
La causante era de estado civil casada con Robustiano Sandoval Santamaría, acto celebrado el 27 de abril de 1957 en Fontanel de los Oteros, Provincia de León, España, según constancia de fs. 3.-
De dicha unión nacieron:
MARIA CRUZ: Nacida el 31 de enero de 1958 en León España, según constancia de fs.4.-
MARIA DE LOS ANGELES: Nacida el 28 de febrero de 1959 en Matallana de Valmadrigal, provincia de León, España, según constancia de fs. 5.-
MARIA NIEVES: Nacida el 22 de marzo de 1966 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 6.-
A fs. 8 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 11 y 25 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 12/4 y 18/22, lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Julia García Lozano, le suceden en caracter de únicas y universales herederas sus hijas: MARIA CRUZ, MARÍA DE LOS ÁNGELES Y MARÍA NIEVES, de apellidos: SANDOVAL GARCIA, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponden a su cónyuge supérstite ROBUSTIANO SANDOVAL SANTAMARIA, sobre los bienes gananciales y los propios si hubiere.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro