Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0371/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-05

Carátula: NICOSIA SARDI MARIA DEL CARMEN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: TESTIMONIAL

EXPTE. 0371/2009

CARATULA: NICOSIA SARDI MARIA DEL CARMEN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 05 días del mes de agosto de 2009, siendo las 9:45 hs., comparece ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos una persona previamente citada, que preguntada por sus circunstancias personales dice ser y llamarse Analia Alejandra Aguirre, D.N.I. n° 24.187.402, de estado civil soltera, de 34 años de edad , nacionalidad argentina, de profesión docente, domiciliada en Alberdi 1075 de Viedma. Abierto el acto y previo juramento de ley, se interroga a la testigo con relación al interrogatorio obrante a fs. 10. A la primera contestó: Que no le comprenden. A la segunda contestó: Que sabe que la sra Nicosia Sardi no posee bienes de fortuna. Ella alquila una vivienda. No posee automotor. A la tercera contestó: Que la actora es docente. A la cuarta contestó: Que sabe que la actora solo vive del sueldo como docente. A la quinta contestó: Que sabe que alquila una vivienda cerca de su lugar de trabajo pero no conoce la misma. A la sexta contestó: Que la sra. Nicosia Sardi vive con sus tres hijos. A la septima contestó: Que considera que lo dicho es de público y notorio conocimiento. Con lo que terminado el acto, firma la compareciente, previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro