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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0460/01/6
Fecha: 2009-08-05
Carátula: ADEFF LEONORA ENID C/ CASSANO CARLOS EUGENIO S/ ALIMENTOS
Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION -ORDENA OFICIO
EXPTE. No 0460/01/6
CARATULA: ADEFF LEONORA ENID C/ CASSANO CARLOS EUGENIO S/ ALIMENTOS
Viedma, agosto de 2009.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 197.-
Atento las posturas sustentadas por las partes, practíquese liquidación por Secretaría, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones 163/165.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
Sra. Juez:
Conforme lo ordenado precedentemente, procedo a practicar la siguiente liquidación:
Monto de cuota de alimentos atrasados: cta. fijada a fs. 115/117 ($ 650) - cta. provisoria fijada a fs. 14 ($ 300) = $ 350
CONCEPTO MONTO INTERESES AL 31-05-09 SUBTOTALES
74 ctas. de $ 350 (03/5/01) $ 25.900,00 $ 20.821,01 $ 46.721,01
SUBTOTAL I: $ 46.721,01
21 ctas. pagas de $ 250
(junio/07) $ 5.250,00 $ 691,43 $ 5.941,43
SUBTOTAL II: $ 5.941,43
T O T A L: SUBTOTAL I - SUBTOTAL II = $ 40.779,58
Secretaría, agosto de 2.009.-
Viedma, agosto de 2.009.-
Atento la liquidación precedente, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 31-05-2.009 asciende a la suma de $ 40.779,58.-
Teniendo en cuenta lo dictaminado por la Cámara de Apelaciones y la oposición efectuada por la parte demandada, al incremento de la suma complementaria en la forma solicitada por la actora no ha lugar. En consecuencia, hágase saber al Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro que deberá incrementar en la suma de $ 250 mensuales en concepto de cuota suplementaria y hasta alcanzar la suma total de $ 40.779,58, de los descuentos que se le vienen realizando en concepto cuota alimentaria al demandado Carlos Eugenio Cassano. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro