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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35456
Fecha: 2009-08-05
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/SALVADOR Juana E. S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena Embargo
//neral Roca, 05 de agosto de 2009.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo, a cuyo efecto líbrense oficios a las entidades bancarias solicitadas a fin de que hagan efectivo el mismo sobre los fondos depositados en caja de ahorro, cuenta corriente, cuenta de valores al cobro, Títulos, Plazo Fijo, y/o cualquier otro concepto, al momento de recepción del oficio o los que se depositen en el futuro, a nombre de la demandada JUANA ESTHER SALVADOR hasta cubrir la suma de $7.367,80 con más la de $3.000.- Hágase saber a las entidades que deberán informar a la persona facultada, el saldo existente a favor de la demandada. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos en la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
De lograrse la medida dispuesta en una de las entidades bancarias, la ejecutante debe abstenerse de hacerlo en las restantes mencionadas.-
Hágase saber deberá abstenerse de realizar retenciones sobre los montos que resulten de acreditación de haberes, jubilaciones y/o pensiones de la demandada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro