Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 22979/08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-04

Carátula: C.E.B. C/ E.P.R.E. S/ MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR S/ APELACIÓN

Descripción: Sentencia-.céd.

///MA, 4 de agosto de 2009.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “C.E.B. C/ E.P.R.E. S/MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR S/APELACIÓN" (Expte. N°22979/08-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que a fs. 454 la doctora Paula Romera solicita se le regulen sus honorarios profesionales correspondientes a su actuación en esta instancia procesal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - ------La apelación deducida en autos intentaba la revisión del Auto Interlocutorio Nº 352 de fs.343/349 dictado en fecha 21.12.07 por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de S.C.de Bariloche. Dicho recurso se resolvió mediante Sentencia Nº 87 del 02.09.08, obrante de fs.446/449, rechazándose los recursos de apelación interpuestos a fs. 356, fundado a fs. 370/384 por el Apoderado del EPRE. y a fs.391/392, fundado a fs.394/401 por el Apoderado de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro. Con costas (art. 68 del CPCyC.).- - - - -

------No obstante no haber solicitado regulación de honorarios en la instancia anterior, corresponderá fijar la retribución de la profesional peticionante, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada en estas actuaciones, a la luz de lo dispuesto en el art.14 de la Ley de Aranceles, fijándose en el porcentual del 30% de los emolumentos que oportunamente la Cámara regule por la actuación principal.- - -----Por ello:

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales de la doctora Paula Romera por su actuación en esta instancia, en el del 30% de los emolumentos que oportunamente la Cámara regule por la actuación principal (art.14 L.A.). Notifíquese al Rte. de la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la ley 869.- - - - - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, devuélvanse.- -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO I. BALLADINI JUEZ ROBERTO H. MATURANA JUEZ SUBROGANTE ANTE MI:EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: Tº II Se.Nº 71 Fº 582/583 Sec.Nº 4.-

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Poder Judicial de Río Negro