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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0110/2005
Fecha: 2009-08-03
Carátula: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: cobro
EXPTE. N° 0110/2005
CARATULA: LA COSTA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Viedma, agosto de 2009.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado y constancias de autos, infórmese por Secretaría.-
Rosana Calvetti
Juez
Sr. Juez:
INFORMO: Que de las constancias de autos, descontada que fuera la orden de pago librada a fs. 1635, de las resoluciones de los pronto pago pendientes de cobro, incluida la correspondiente al Expte. nº 948/2008 que se encuentra firme, surge que la concursada adeuda a cada uno de los actores el siguiente monto: 1) A la sra. Iris Alejandra Gimenez la suma de $ 28.525,15; 2) al sr. Juan Luis Aldao Humble la suma de $ 9.146,30, lo que totaliza la suma de $ 37.671,45 y la suma a distribuir asciende a $ 10.000.-
En todo cuanto tengo que informarle.-
Secretaría, agosto de 2009.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, agosto de 2009.-
I.- Atento la certificación de la Actuaria, dada la existencia de fondos líquidos en la cuenta de autos destinados a cubrir proporcionalmente los créditos precedentemente mencionados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 16 L.C.Q., correspondiendo asignar, entonces, a cada uno de los actores el 26,5453 % de sus créditos. En consecuencia, líbrense las órdenes de pago a favor de: 1) Iris Alejandra Gimenez (D.N.I. nº 20.565.829) por la suma de $ 7.572,08 y 2) Juan Luis Aldao Humble (D.N.I. nº 23.527.375) por la suma de $ 2.427,92 dejando constancia del pago en los respectivos incidentes.-
A los fines de un mejor ordenamiento procesal fórmese noveno cuerpo a partir de fs. 1596.-
Ordenes nº
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Poder Judicial de Río Negro