Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31049III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-24

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/PAPINO Juan Q. S/ Ejecutivo

Descripción: Subasta Muebles

//neral Roca, 24 de OCTUBRE de 2005._

De conformidad con lo pedido y dispuesto por los art. 573 y s.s. del C.C., decrétase la venta en pública subasta de los bienes embargados a fs. 15, al contado por intermedio del martillero Sr.Walter Vilugron, quien previa aceptación del cargo por ante la actuaria dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción, procederá a llenar su cometido ajustándose a la disposiciones legales pertinentes.-

Póngaselo en posesión del bien, librándose mandamiento de secuestro, el que será diligenciado por el martillero en el carácter de oficial de justicia "ad-hoc-", debiendo rendir cuentas de su cometido en el término de tres días.-

Publíquense edictos por UN día en el diario Río Negro y Boletín Oficial, debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4to. de la Resolución General N° 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o N° y tipo de documento de todos los sujetos intervinientes. Comisión de práctica. Seña 30%. Venta sujeta a aprobación judicial.-

Intímase a la parte ejecutada para que dentro del plazo de CINCO días manifieste si el bien está prendado o embargado, debiendo en el primer caso indicar nombre y domicilio de los acreedores y monto del crédito; y en el segundo, el Juzgado, Secretaría y carátula del expte.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

AUTORIZA ENTREGA BIEN

Al punto II, en caso que se abone el total del precio del bien, autorízase al martillero a hacer entrega del automotor al comprador en subasta en calidad de depositario judicial hasta la aprobación de la subasta.-

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Poder Judicial de Río Negro