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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39318
Fecha: 2009-08-03
Carátula: RODRIGUEZ Ricardo c/DE ANGELIS Franco y Otros S/ Beneficio y ordinario
Descripción: ORDINARIO: Inicio
//neral Roca, 03 de AGOSTO de 2009.=
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a ALLEN.
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a SEGUROS PROFU a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de QUINCE días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro