Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38377

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-03

Carátula: EIBAR Horacio Reynaldo S/ Sucesión

Descripción: Regula-Líbrese oficio-NOTA

NOTA: de haberse iniciado los autos "AGUAS RIONEGRINAS SA C/EIBAR HORACIO REYNALDO y OTROS S/EJECUTIVO" (Expte. 39.501-III-08) el 03-06-09.-

Secretaría,03 de AGOSTO de 2009.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 03 de AGOSTO de 2009.=

Proveyendo el escrito de fs. 136, agréguese.

Proveyendo el escrito de fs. 139, agréguese y téngase presente la conformidad de Caja Forense formulada en el otro si digo.

Por la tercer etapa, regulo los honorarios del Dr. Roberto Joison en la suma de $380....- los de la Dra. María Laura Joison en la suma de $380.-...- a cargo de los herederos y en la suma de $190...- y $ 190..- respectivamente a cargo de la cónyuge supérstite (M.B. $ 30.440.- arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro