Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33248III

N° Receptoría:

Fecha: 2009-08-03

Carátula: CREDIL S.R.L. c/RIOS Carolina Beatriz S/ Ejecutivo

Descripción: acrecidos//Nota

General Roca, 02 de julio de 2.009.-

Proveyendo a fs. 227: Agréguese y téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

Proveyendo a fs. 228: Téngase presente lo manifestado.-

Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Adriana Marcela Saitta en la suma de $ 260 .- (M.B. $ 4.341,28 sumas extraidas en autos)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-

Al pedido de levantamiento de medidas, previo, cúmplase con Caja Forense.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Autos: "CREDIL S.R.L. c/RIOS Carolina Beatriz S/ Ejecutivo" (

Expte. Nro. 33248III)- Juzgado Civil III

Nota: se deja constancia que el presente expte. con la providencia del día 02.07.09 se incluye en la lista de despacho del día 03.08.09.-

Secretaría, 03 de agosto de 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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