Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15259-160-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-07-31

Carátula: LOSINO HECTOR MIGUEL / HOUTTAVE GERARD Y OTRA S/ MEDIDA CAUTELAR

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15259-160-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dr.

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///Carlos de Bariloche, 31 de Julio de 2009

VISTOS: Los autos caratulados: “LOSINO HECTOR MIGUEL c/

HOUTTAVE GERARD Y OTRA (D. Y PERJ.) s/ MEDIDA CAUTELAR”,

expte. nro. 15259-160-2009 (reg.cám), luego de haberse

impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.

Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y

discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual

certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

Que resulta necesario compulsar las constancias de

la causa principal: “Losino, Héctor c/ Houttave, Gerard y

otra s/ daños y perjuicios” (expte. n° 27016-07).

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir del Juzgado de origen la causa

mencionada; a cuyo fin, ofíciese. Confección y

diligenciamiento del oficio, a cargo de la parte

recurrente.

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo

aquí decidido.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Ante Mí: Secretario de Cámara

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Poder Judicial de Río Negro