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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15259-160-09
Fecha: 2009-07-31
Carátula: LOSINO HECTOR MIGUEL / HOUTTAVE GERARD Y OTRA S/ MEDIDA CAUTELAR
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15259-160-09
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dr.
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///Carlos de Bariloche, 31 de Julio de 2009
VISTOS: Los autos caratulados: “LOSINO HECTOR MIGUEL c/
HOUTTAVE GERARD Y OTRA (D. Y PERJ.) s/ MEDIDA CAUTELAR”,
expte. nro. 15259-160-2009 (reg.cám), luego de haberse
impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.
Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y
discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual
certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario compulsar las constancias de
la causa principal: “Losino, Héctor c/ Houttave, Gerard y
otra s/ daños y perjuicios” (expte. n° 27016-07).
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) requerir del Juzgado de origen la causa
mencionada; a cuyo fin, ofíciese. Confección y
diligenciamiento del oficio, a cargo de la parte
recurrente.
2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo
aquí decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Secretario de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro