Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15015-092-08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-07-31

Carátula: HENKEL RAFAEL Y OTRAS / BOCANEGRA DANIEL ANDRES S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: Definitiva

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15015-092-08

Tomo:

Sentencia:

Folio:

Secretario: dr.

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 31 DE JULIO DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “HENKEL RAFAEL Y

OTRAS c/BOCANEGRA DANIEL ANDRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS”,

expte. nro. 15015-092-2008 (reg.cám), luego de haberse

impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.

Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y

discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual

certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

Que en la resolución obrante a fs. 1147/1154 se ha

incurrido en error material al citar la foja del recurso

interpuesto, ya que donde dice “3ro.) ..., a lo que al

recurso de la tercera se refiere -fs 1065-...”, debe

decir: “3ro.) ..., a lo que al recurso de la tercera se

refiere -fs. 1063-...”.

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE: I.- ACLARAR que la resolución obrante

a fs. 1147/1154 en los presentes autos, donde dice “

3ro.) ..., a lo que al recurso de la tercera se refiere

-fs 1065-...”, debe decir “3ro.) ..., a lo que al recurso

de la tercera se refiere -fs. 1063-... ”.-

II.- Notificar, registrar y protocolizar

lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente vuelvan

los autos a la instancia de origen.-

c.t.

Horacio Carlos Osorio Luis M. Escardó Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

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