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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32418IV
Fecha: 2009-07-31
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/FLORES Emiliano y otra S/ Ejecutivo
Descripción: Embargo
//neral Roca, 31 de JULIO de 2009.=
Líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones- etc, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 766,01.- en concepto de capital con más la de $ 300.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Al punto II, líbrese oficio al Banco Rio SA a fin de que trabe embargo sobre los importes que se encuentren depositados o se depositen en el futuro en caja de ahorro, plazo fijo, cta. cte. etc. correspondiente al demandado, debiendo abstenerse en caso de haberes, en las mismas condiciones establecidas en el párrafo anterior.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro