Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0010/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2009-07-29

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ LUCERO ELDA RINA S/ EJECUTIVO

Descripción: AVOCAMIENTO-EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0010/2005

CARATULA:TARJETA NARANJA S.A. C/ LUCERO ELDA RINA S/ EJECUTIVO

Viedma, julio de 2009.-

Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-

Agréguese la media carátula formada.-

Proveyendo a fs. 17: Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe ELDA RINA LUCERO como empleada del Consejo de Educación de Río Negro, hasta cubrir la suma de $ 1.850,08 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.485 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro